¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que realicen las acciones objeto de la subvención y cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- El centro de trabajo donde se realice la retirada de la cubierta ligera que contenga amianto y su sustitución, en su caso, por otra que sea transitable y libre de amianto debe estar ubicado en Castilla y León. No tendrá la consideración de centro de trabajo a los exclusivos efectos de esta línea de subvención, el centro de trabajo temporal constituido por razón del desarrollo de trabajos de construcción o reforma de las instalaciones.
- No haber sido sancionado, con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de seguridad y salud laboral, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
- No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Cumplir la empresa, con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación.
- Contar la empresa con un plan de igualdad si están obligadas a ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de hombres y mujeres.
- Cumplir el requisito establecido en el apartado Decimonoveno b) del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, mediante aportación de una declaración responsable conforme al modelo que se determina.
Las condiciones para ser beneficiarios de estas subvenciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud hasta su liquidación.
¿Para qué es la ayuda?:
Será subvencionable la retirada segura de las cubiertas que contengan amianto en centros de trabajo de Castilla y León, realizada por empresa especializada inscrita en el Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA).
Igualmente será subvencionable la sustitución de las cubiertas retiradas en los términos del apartado anterior por una nueva cubierta resistente y transitable libre de amianto.
Periodo subvencionable:
a) Los gastos subvencionables deberán ser efectuados entre el día 3 de septiembre de 2024 y el día 15 de agosto de 2025, ambos inclusive.
b) La totalidad del pago de los gastos subvencionables deberá efectuarse en el plazo comprendido entre el 3 de septiembre de 2024 y el 15 de agosto de 2025, ambos inclusive.
Plazo de resolución:
El plazo para resolver y notificar la resolución será de 4 MESES, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u organismo competente para su tramitación, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido DESESTIMADA por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .
TODA LA INOFRMACIÓN, ANEXOS Y TRAMITACIÓN EN https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181077932/Ayuda012/1285499476219/Propuesta